Comercio: la Justicia suspendió artículos de la reforma laboral sobre convenios colectivos

La Justicia federal de San Martín suspendió la aplicación de dos artículos de la Ley de Modernización Laboral en el sector de comercio, al hacer lugar a una medida cautelar solicitada por el sindicato local.

El fallo dispuso la suspensión de esas disposiciones respecto del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 y de otros acuerdos vinculados, al tiempo que ordenó al Poder Ejecutivo abstenerse de aplicarlas en ese ámbito.

Según surge de la resolución, a la que accedió la Agencia Noticias Argentinas, la medida cautelar también establece que deben mantenerse vigentes todas las cláusulas convencionales, tanto normativas como obligacionales, incluidas las referidas a aportes sindicales.

El planteo sindical advirtió que la aplicación de la norma podía afectar la continuidad de los convenios colectivos y reducir los recursos de las organizaciones gremiales, especialmente por el tope del 2% a los aportes.

El juzgado consideró que existen elementos suficientes para tener por acreditada la verosimilitud del derecho invocado, así como el riesgo de un perjuicio inminente ante el vencimiento del acuerdo paritario previsto para el 31 de marzo.

Asimismo, evaluó que la entrada en vigencia de los artículos cuestionados podría impactar de manera directa en el financiamiento sindical y en la prestación de servicios sociales y de salud.

NA/MAC

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