Avanza un proyecto de Ley que busca promover la producción de los biocombustibles en la provincia de Buenos Aires

Fue aprobado por unanimidad en la reunión de comisión de Industria y Minería del Senado bonaerense, y será tratado en la próxima sesión del Cuerpo. Es un proyecto de Ley del senador Andrés De Leo que pide declarar de interés provincial la promoción y desarrollo para la producción y consumo de biocombustibles. También crea un Consejo Consultivo Asesor.

En una nueva reunión de la comisión de Industria y Minería del Senado bonaerense, se aprobó por unanimidad una iniciativa del legislador de Juntos por el Cambio que busca promover e impulsar la producción sustentable de biocombustibles, elaborar un plan de acción para reemplazar los combustibles fósiles, y fomentar la investigación científica en el tema.

Para ello, el proyecto prevé que el Estado bonaerense incentive la inversión desarrollando acciones que propicien el marco para la inversión en producción y consumo de biocombustibles; con líneas de crédito especialmente diseñadas para la producción y consumo de biocombustible en el territorio provincial; con beneficios impositivos; y diseñando e implementando un plan de migración en el consumo de combustible de los vehículos oficiales, al igual que las empresas del Estado y las empresas de transporte.

Finalmente busca crear un Consejo Consultivo Asesor para la producción y el consumo de biocombustibles, que funcionará como como instrumento de asesoramiento para el desarrollo de políticas de estado que impulsen y promuevan la producción y consumo de biocombustibles.

“El objetivo central del presente proyecto de Ley es generar políticas dirigidas a fortalecer el crecimiento, en cuanto a producción y consumo, de biocombustibles en la provincia, que contribuya al crecimiento económico. Propiciando la innovación tecnológica, la competitividad del sector en nuestra provincia, la generación de empleo, y la diversificación de la matriz energética”, dijo De Leo respecto a su proyecto.

En nuestro país producen biocombustible treinta y cinco (35) empresas. El sesenta y nueve por ciento (69%) de ellas son PyMEs, que concentran el veintidós por ciento (22%) del total de la capacidad de producción. De esas PyMEs que producen biocombustibles, diez (10) están radicadas en la provincia de Buenos Aires, en Ramallo, Junín y Bahía Blanca.

“El desarrollo de la industria de biocombustibles necesita de un marco propicio que impulse su desarrollo”, dijo De Leo, y agregó para finalizar: “en la apertura de sesiones legislativas ordinarias del corriente año el Gobernador de la Provincia señaló su intención de convertir a la provincia de Buenos Aires en una provincia petrolera. En ese sentido, consideramos oportuno el debate y estudio de medidas que desde esta Legislatura pueden generarse para cumplir con ese objetivo, siendo la industria del biocombustible, parte de la industria petrolera”.

Proyecto de Ley completo

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El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY

ARTÍCULO 1º: Declaración. Declárase de interés provincial la Promoción y Desarrollo para la Producción y Consumo de Biocombustibles

ARTICULO 2.- Objetivos. Son objetivos de la presente Ley:

a) Promover e impulsar la producción sustentable de biocombustibles.

b) Desarrollar un plan de acción integral para propiciar el reemplazo progresivo de combustibles fósiles mediante el autoconsumo y el consumo preferencial de biocombustibles.

c) Fomentar el estudio y la investigación científica sobre la producción y consumo de biocombustibles.

d) Generar convenios de cooperación con distintos organismos públicos, privados, mixtos y organizaciones no gubernamentales, que propicien la producción y el consumo de biocombustibles.

ARTÍCULO 3.-Medidas. El Poder Ejecutivo implementará las medidas a continuación enunciadas en pos de los objetivos de la presente Ley:

a) Incentivar la inversión. Diagramar con los distintos niveles de gobierno, nacional y Municipales, líneas de acción que propicien el marco para la inversión en producción y consumo de biocombustibles.

b) Líneas de crédito. Diseñar, en forma conjunta con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, líneas de crédito especialmente destinadas para la producción y consumo de biocombustible en el territorio provincial Corresponde a E 125 2022-2023

c) Beneficios impositivos. Desarrollar en forma conjunta con la Agencia de Recaudación de la Provincia, un régimen de beneficios impositivos para la producción y uso de biocombustible.

d) Ventajas competitivas a productores y consumidores. Otorgar ventajas competitivas a los proveedores del estado que puedan comprobar el uso de biocombustibles en su planta automotriz. Incorporando en todos los pliegos de contratación de bienes, servicios y obra pública, cualquiera sea la modalidad elegida y el régimen aplicable, cláusulas específicas que acuerden beneficios especiales en términos de puntuación y ponderación de ofertas a aquellos ofrecimientos formulados por proponentes que acrediten, en los términos y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, el uso de biocombustibles en los vehículos que integran su flota o la de sus eventuales subcontratistas.

e) Migración flota estatal. Diseñar e implementar un plan de migración en el consumo de combustible de los vehículos oficiales. El mismo comprenderá toda la flota de vehículos oficiales, que presten servicio en el sector público provincial -financiero y no financiero- y de los municipios y comunas que adhieran a la presente Ley, tanto propios como de terceros que presten servicios públicos, que actualmente utilicen combustible fósil a biocombustible.

f)  Migración flota transporte de pasajeros. Desarrollar un cronograma para ser aplicado a las empresas de transporte de pasajeros, que operen en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, donde se determine los plazos en los cuales deben reemplazar el uso de combustibles fósiles, por biocombustible.

g) Migración flota empresas del estado. Diseñar e implementar el procedimiento que deberán utilizar las empresas y sociedades del estado, como así también aquellas sociedades en las que el estado provincial tenga participación estatal mayoritaria, al reemplazo de combustibles fósiles por biocombustibles.

h) Capacitación micro, pequeña y mediana empresa. Generar un marco integral de capacitación en micro, pequeñas y medianas empresas para la implementación de uso de biocombustibles

ARTÍCULO 4.- Consejo Consultivo Asesor. Créase el Consejo Consultivo Asesor para Corresponde a E 125 2022-2023 a producción y el consumo de Biocombustibles. 

La misma estará integrada por trece (13) miembros, a saber: – un (1) representante del Ministerio de Desarrollo Agrario, – un (1) representante del Ministerio de Infraestructura y servicios públicos, – un (1) representante del Ministerio de la producción ciencia y producción, – dos (2) representantes del sector empresarial – dos (2) representantes del sector gremial – dos (2) representantes del sector académico – cuatro (4) representantes del Poder Legislativo Provincial. Dos por cada Cámara Legislativa, respondiendo uno a la mayoría y uno a la primer minoría, siendo designados mediante el consenso, por la Presidencia de la Cámara que corresponda. Los miembros integrantes del Consejo Consultivo Asesor desarrollaran su tarea ad honorem.

ARTICULO 5.- Función del Consejo Consultivo Asesor. El consejo Consultivo Asesor, funcionara como como instrumento de asesoramiento para el desarrollo de políticas de estado que impulsen y promuevan la producción y consumo de biocombustibles. Convocará a actores de sectores producticos, empresariales, de consumo, financieros, académicos, científicos, representantes de los Municipios de la provincia, para diseñar políticas intergubernamental y de acción para con los objetivos de la presente Ley. ARTÍCULO 6.- Autoridad de Aplicación. El Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.

ARTÍCULO 7.- Invitación. Invitase a los municipios de la Provincia a adherir a la presente Ley.

ARTÍCULO 8.- De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

FUNDAMENTOS

Se somete a consideración de este Cuerpo el proyecto de ley que se adjunta para su Corresponde a E 125 2022-2023 sanción, a través de cual se declara de interés provincial la Promoción y Desarrollo para la Producción y Consumo de Biocombustibles.

El objetivo central del presente proyecto de Ley es generar políticas dirigidas a fortalecer el crecimiento, en cuanto a producción y consumo, de biocombustibles en la provincia, que contribuya al crecimiento económico. Propiciando la innovación tecnológica, y la competitividad del sector en nuestra provincia. Generando lazos concretos con el Estado Nacional, y con los Municipios para diseñar e implementar medidas que favorezcan a sus productores y consumidores. Los biocombustibles son combustibles obtenidos a partir de biomasa vegetal o animal, renovables, que permiten reemplazar a los combustibles fósiles obtenidos del petróleo. Los biocombustibles más difundidos son el biodiesel, el bioetanol y el biogás. El desarrollo de la industria de biocombustibles, necesita de un marco propicio, que impulse su desarrollo. En la apertura de sesiones legislativas ordinarias del corriente año, 2020, el Gobernador de la Provincial, Axel Kicillof, señalo su intención de convertir a la Provincia de Buenos Aires en una provincia petrolera, en ese sentido, consideramos oportuno el debate y estudio de medidas que desde esta Legislatura pueden generarse para cumplir con ese objetivo, siendo la industria del biocombustible, parte de la industria petrolera. A nivel nacional, se sanciono en mayo de 2006, la Ley 26093, Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles. Autoridad de aplicación. Funciones. Comisión Nacional Asesora. Habilitación de plantas productoras. Mezclado de Biocombustibles con Combustibles Fósiles. Sujetos beneficiarios del Régimen Promocional. Infracciones y sanciones. En Provincia de Buenos Aires, tenemos como antecedente la Ley 13719, de septiembre de 2007, que adhiere a la ley Nacional antes citada, y dispone de una serie de beneficios impositivos para las personas físicas y/o jurídicas que estando alcanzadas por la Ley Nacional desarrollen planes para la producción de biocombustibles. Recientemente, mes de noviembre 2020, la Provincia de Córdoba sanciono la Ley 10.721 Ley de Promoción y Desarrollo para la Producción y Consumo de Biocombustibles y Bioenergía. Partiendo de los antecedentes normativos antes mencionados, adaptando medidas en función de las dimensiones territoriales y densidad poblacional de nuestra provincia, establecimos los objetivos de políticas públicas para la promoción de la producción y el consumo de biocombustibles, generando una serie de medidas que deberá implementar el poder ejecutivo para cumplir con dicho objetivo. A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita a los Señores Corresponde a E 125 2022-2023 Senadores que acompañen con su voto el Proyecto adjunto

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