A partir de julio de 2025, los bancos deberán proporcionar información más detallada sobre las compras realizadas por los argentinos en el exterior mediante tarjetas de crédito y débito, según lo dispuesto por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Una resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial establece que, desde el 1° de julio de 2025, las entidades bancarias deberán suministrar datos adicionales en los vencimientos de las operaciones realizadas con plásticos. Estos datos permitirán una fiscalización y control más efectivo por parte del organismo público.
Las entidades financieras deberán informar detalles como el número y la marca de la tarjeta de crédito o débito utilizada, la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la entidad emisora, la fecha de la operación, la moneda utilizada en la transacción, y la información del comercio (nombre, número de identificación y código de rubro) donde se realizó la compra.
Además, la normativa 5662/2025 amplía los requisitos para incluir información sobre consumos realizados por titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de las tarjetas.
ARCA también detalló que los códigos de rubros a informar serán los establecidos en el Merchant Category Code (MCC), utilizados por las entidades bancarias en base a los estándares de la Organización Internacional de Normalización (ISO) y los Códigos de Clasificación Industrial Estándar (SIC), entre otros posibles reemplazos futuros.
La agencia explicó que estas modificaciones al sistema tienen como objetivo mejorar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los responsables y proporcionar al organismo la información necesaria para ejercer sus funciones de control más eficazmente.