Navidad y Año Nuevo 2022 : Tolerancia cero para la pirotecnia sonora en la región capital bonaerense

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Las autoridades municipales de Berisso y Ensenada se aprestan a dar batalla contra la pirotecnia sonora en estas fiestas de fin de año 2022.

En el caso de Berisso, el municpio ya comunicó oficialmente que se encuentra vigente la Ordenanza N° 3666/19 que establece en el artículo 2 que “Quedan prohibidos en el
partido de Berisso:

a-Pirotecnia “ruidosa” que pudiera provocar lesiones auditivas y otras lesiones de consideración
en el cuerpo humano y lesiones en animales domésticos.
b- El acopio de elementos pirotécnicos en viviendas particulares.
c- La venta ambulante de elementos pirotécnicos
d- La utilización de elementos pirotécnicos en un perímetro de cien metros alrededor del
Hospital Mario V. Larraín y la refinería YPF. Con excepción de los destinados a señales de
auxilio, emergencias náuticas y para el uso de las fuerzas armadas, de seguridad y/o Defensa
civil, siempre que sean utilizadas en ejercicio de sus funciones”.

En tanto, en el Artículo 4° se establece: “Los establecimientos que comercializan elementos
pirotécnicos deberán contar con las habitaciones pertinentes expedidas por la Municipalidad y por Bomberos, adecuándose a las reglamentaciones de seguridad e higiene en la materia”.

En el caso de Ensenada si bien las autoridades creen poder controlar la venta “autoctona” , están a la espectativa por los visitantes de otros distritos en lo que copmprende el movimiento de turismo regional más importante de la argentina.

En el caso de la capital bonaerense quienes han dado el paso firme han sido los concejales tanto del oficialismo como de la oposición que han llegado a un consenso para prohibir la pirotecnia de alto impacto sonoro en toda la Ciudad de La Plata

La Ordenanza N° 8282 será actualizada y establecerá multas de entre 16.000 y 500.000 pesos para los infractores.

Ya no se podrá comprar fuegos de artificio con estruendo y tampoco se podrán vender y utilizar en la ciudad morteros, morteros con bomba, bombas, foguetas y baterías y también quedará prohibida la venta y uso de este tipo de artículos a chicos de menos de 16 años, con multas de entre 54.000 a 270.000 pesos para los comerciantes que los vendan.

Con esta acertada desición se busca proteger a personas con Síndrome de Down, Asperger, Autismo y Alzheimer, así como a personas con discapacidades cognitivas o neurológicas que no comprenden la causa de explosiones, bebés y chicos con mayor sensibilidad auditiva, además de las mascotas y los pájaros.